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Programa Cumplamos Juntos, Regularización de Adeudos Infonavit | IMCP

En fechas recientes el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), ha hecho público a través de su portal un programa de regularización de adeudos denominado   “Cumplamos juntos” , el mismo se define como un programa de apoyo para que se regularicen los adeudos con el Infonavit, previos al 6° bimestre del 2012, con el fin de que los patrones cumplan el compromiso que tienen con sus trabajadores y el Instituto tenga los recursos que le permitan seguir financiando su patrimonio. Funcionarios del Infonavit lo definen como un programa que parte de la confianza, ya que implica la auto declaración de los adeudos del patrón que se regularice y/o adhiera a través de este medio. Este programa de regularización consiste primordialmente a una condonación de recargos de hasta el 50%, y de multas hasta el 100%, según el periodo del adeudo, no incluye condonación ni de aportaciones ni de amortizaciones de créditos, por lo cual estas deberán ser pagadas ya sea e...

Declaración Anual Automatica 2012 de las Personas Físicas

Este 27 de Febrero el SAT difundio la liberación de la Declaración Automática versión 2012. Para ingresar a la Declaración Automática es necesario tener Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) o Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente . Si no cuenta con la CIEC, puede obtenerla inmediatamente, sin hacer cita, en los módulos de atención del SAT, consulte los requisitos. La Declaración Automática permite, desde el portal, realizar la captura con cálculo automático de impuestos y envío de la declaración anual del ejercicio fiscal 2012, para aquellas personas físicas que obtuvieron ingresos por un sólo concepto o acumulando dos o más de los siguientes: Sueldos, salarios y conceptos asimilados a salarios Actividades empresariales y profesionales Régimen Intermedio Arrendamiento de inmuebles (casa habitación y/o local comercial) Intereses (provenientes o no del sistema financiero) No requiere instalar un programa adicional en su computadora...

PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2013

El día de hoy 19 de Febrero del 2013, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer mediante la publicación en el DOF, la Primera Resolución de Modificaciónes a la Resolución Miscelanea Fiscal para 2013.   Así mediante un Artículo Unico se adiciona el Capítulo II.12.4. denominado "De la condonación prevista en el Transitorio Tercero de la LIF" que comprende las reglas II.12.4.1. a la II.12.4.6., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, para quedar de la siguiente manera: Capítulo II.12.4. De la condonación prevista en el Transitorio Tercero de la LIF Presentación de la solicitud para obtener la condonación II.12.4.1. Para los efectos del Transitorio Tercero, fracción I, último párrafo de la LIF, el contribuyente presentará a más tardar el 31 de mayo de 2013 la solicitud de condonación ante la ALSC, a través de la página de Internet del SAT, para obtener los beneficios a que se refiere la citada disposición. LIF 2013, Transitorio Tercero ...

PUBLICA EL SAT INFORMACIÓN ESPECIALIZADA PARA ASESORÍA SOBRE ADEUDOS FISCALES

El Servicio de Administración Tributaria mediante un comunicado de prensa fechado el 6 de Octubre de 2011, informa que como parte de su estrategia para incentivar el cumplimiento de obligaciones fiscales e incrementar la eficiencia de la Administración Tributaria, ha publicado en el portal www.sat.gob.mx/pontealcorriente/, un micrositio especializado para aquellos contribuyentes que tengan algún adeudo fiscal. En este micrositio, denominado  "Póngase al corriente con sus adeudos fiscales ", los contribuyentes que tengan algún adeudo fiscal pueden encontrar toda la información específica para solventar su adeudo: -Qué hacer si los bienes han sido embargados - Cómo garantizar un adeudo fiscal - Qué opciones y facilidades de pago existen - Cómo atender una notificación - Simuladores que hacen cálculos estimados de la actualización o recargos  El objetivo de publicar esta información es acercar a los contribuyentes que cuenten con algún adeudo, proporcionándoles informa...

PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente dio a conocer el día de hoy (30 de agosto) los Lineamientos que regulan el ejercicio de las atribuciones sustantivas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. Los presentes Lineamientos tienen por objeto interpretar y aplicar las atribuciones sustantivas otorgadas por su Ley Orgánica a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, para lograr el desarrollo y mejor desempeño de sus actividades a fin de garantizar y hacer efectivo el derecho de los contribuyentes a recibir justicia en materia fiscal en el orden federal. Asimismo, los servidores públicos de la Procuraduría deberán conducirse para el ejercicio de los Lineamientos, bajo valores fundamentales de ética y compromiso social como la integridad, la igualdad, la responsabilidad, el respeto y la tolerancia. Contesia del IMCP.

Impuesto Empresarial a Tasa Única y/o Títulos II y IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta

¿E S FACTIBLE QUE DESAPAREZCA ALGUNO ? El IETU fue establecido como un impuesto que podía tener una vigencia temporal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Décimo noveno Transitorio de la ley de la materia, el cual estipula que a más tardar el 30 de junio de 2011, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) debería haber realizado un estudio que mostrara un diagnóstico integral sobre la conveniencia de derogar los Títulos II y IV, Capítulos II y III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), con el propósito de que el contribuyente solo tributara en el Impuesto Empresarial a Tasa única. Al respecto, se concluyó que el estudio debería centrarse en las disposiciones de la LISR, para efecto de determinar si el Estado mexicano podría operar con el cobro del IETU únicamente; el tema de la eventual desaparición del IETU fue tratado solo superficialmente, tanto por los medios como por algunos funcionarios de la SHCP. Finalmente, con fecha 30 de junio de 2011, se emit...

Prorroga para presentación de Dictamenes 2010

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha dado a conocer en su portal de internet el calendario definitivo para su presentación, considerando el primer carácter alfabético del RFC, o bien lo podrán hacer antes de la fecha en la cual les corresponda: Sipred 2010 General: LETRAS DE LA CLAVE DEL RFC FECHA DE ENVIO De la A a la F del 1 al 5 de septiembre de 2011. De la G a la O del 6 al 10 de septiembre de 2011. De la P a la Z y & del 11 al 15 de septiembre de 2011. Sociedades Controladoras: Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán enviar el dictamen fiscal a más tardar el 30 de septiembre de 2011. Sipiad 2010 Información alternativa por no haber optado por presentarlo Si usted optó por presentar la información alternativa al dictamen, por no haber optado por presentarlo, se señala a continuación, considerando también el primer carácter alfabético del RFC, o bien, lo podrán hacer antes del periodo que les co...